🇸🇻Firma electrónica legal en El Salvador

Firma electrónica en El Salvador

El Salvador equipara la firma electrónica a la manuscrita desde 2015, impulsando la digitalización segura.

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Marco legal

Marco legal en El Salvador

La Ley de Firma Electrónica (Decreto 133 de 2015) distingue la firma electrónica simple de la certificada. La certificada tiene la misma validez y efectos probatorios que la firma manuscrita; la simple es válida y puede constituir elemento de convicción.

Marco legal

Ley de Firma Electrónica (Decreto 133, 2015)

Evolución del marco legal en El Salvador

  1. 2015

    Decreto 133, Ley de Firma Electrónica: El Salvador reconoce la firma electrónica simple y la certificada.

  2. 2010s

    Se emite el reglamento y se organiza la acreditación de proveedores bajo el Ministerio de Economía.

  3. 2020s

    La agenda digital salvadoreña acelera los trámites y el comercio electrónico.

Tipos de firma electrónica en El Salvador

Firma electrónica simple

Datos electrónicos que identifican al firmante y expresan su voluntad (Decreto 133 de 2015). Válida para acuerdos privados; su fiabilidad se acredita con el rastro de auditoría.

Firma electrónica certificada

Con certificado de un proveedor acreditado ante la autoridad competente del Ministerio de Economía. Equivale a la firma manuscrita y goza de presunciones de autoría e integridad.

¿Qué hace válida una firma en El Salvador?

Para acuerdos privados, la firma electrónica simple es válida. Firmiu acompaña cada firma con un rastro de auditoría que respalda su autoría.

¿Qué documentos puedes firmar en El Salvador?

Se pueden firmar electrónicamente

  • Contratos de prestación de servicios
  • Contratos de arrendamiento
  • Contratos laborales
  • Acuerdos de confidencialidad (NDA)
  • Cotizaciones y órdenes de compra
  • Cartas de autorización

Suelen requerir notario o firma manuscrita

  • Compraventa de inmuebles (requiere escritura pública)
  • Testamentos
  • Actos ante notario
  • Actos de estado civil

Las listas son orientativas: el tipo de documento y la legislación aplicable determinan cada caso.

Cómo firmar documentos en El Salvador

1

Sube tu PDF

Carga el documento y escribe el nombre y correo de quien debe firmar.

2

El firmante recibe un enlace

Le llega un correo con un enlace único y un código de verificación.

3

Documento firmado

El PDF queda firmado con su rastro de auditoría, listo para descargar.

Preguntas frecuentes

¿Es legal la firma electrónica en El Salvador?
Sí. La Ley de Firma Electrónica de 2015 la reconoce.
¿Diferencia entre simple y certificada?
La certificada equivale a la firma manuscrita en efectos probatorios; la simple es válida y sirve como elemento de convicción.
¿Sirve para contratos?
Sí, para la mayoría de acuerdos entre privados.
¿La firma electrónica simple es válida en El Salvador?
Sí. La Ley de Firma Electrónica le reconoce validez para actos privados; la certificada añade la equivalencia automática con la manuscrita.
¿Puedo firmar un contrato de arrendamiento electrónicamente?
Sí. El arrendamiento común puede celebrarse por medios electrónicos con plena validez.
¿El Ministerio de Hacienda interviene en mis contratos?
No. La facturación electrónica (DTE) usa los sistemas propios de Hacienda; los contratos privados no requieren su intervención.
¿Sirve como prueba judicial?
Sí. La ley reconoce el valor probatorio del documento firmado electrónicamente; el rastro de auditoría acredita autoría e integridad.

Fuentes oficiales

La información de esta página es de carácter general y no constituye asesoría legal. La validez de una firma electrónica depende de la legislación aplicable y del tipo de documento; para casos específicos, consulta con un profesional legal.

Guía revisada y actualizada: julio de 2026.

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